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Código de ética
En CARRALSIERRA suscribimos plenamente el Código de Ética de PRORP Asociación, A.C., el cual establece lo siguiente:
Los asociados de PRORP Asociación, A.C., nos comprometemos a ser regidos por prácticas profesionales, a conservar la confianza pública y a lograr la excelencia en comunicaciones mediante normas eficaces de desempeño, profesionalismo y conducta ética.
Defensa e intereses
Defenderemos los intereses del cliente/empleados al comportarnos con responsabilidad y alzar nuestra bandera en el mercado de ideas, hechos y puntos de vista para participar en el debate público informado.
Valores
Honestidad: Nos apegamos a las más altas normas de precisión y veracidad al promover los intereses de los clientes y los empleados.
Integridad
Conduciremos nuestros negocios con integridad, observando los principios y el espíritu del Código de tal manera que nuestra reputación personal, la de nuestro empleador y en general la reputación de la profesión de Relaciones públicas sea protegida.
Pericia
Alentaremos a los miembros a adquirir y a utilizar de manera responsable el conocimiento y experiencia especializada para fomentar la comprensión y credibilidad del cliente/empleador. Aunado a esto, promoveremos y desarrollaremos la profesión de manera activa mediante el desarrollo, la investigación y la educación profesional.
Lealtad
Insistiremos en que los miembros sean leales a sus representados, a la vez que cumplan cabalmente sus obligaciones para con los intereses de la sociedad, y que apoyen el derecho de expresión.
INTRODUCCIÓN
El presente Código de Ética es un conjunto de normas que rigen el ejercicio profesional de las relaciones públicas en CARRALSIERRA.
Las relaciones públicas constituyen una disciplina social fundada en el respeto riguroso de las siguientes normas, que los relacionistas públicos en CARRALSIERRA estamos obligados a cumplir:
CONDUCTA PROFESIONAL
1. En el ejercicio profesional el relacionista público tiene como deber ineludible actuar dentro de los más estrictos principios de moral y velar por el prestigio de su profesión.
2. Son principios éticos del relacionista público la veracidad, justicia, honestidad, respeto mutuo, amistad y fraternidad, lealtad, solidaridad.
3. El relacionista público debe obrar en toda circunstancia de manera de tener en cuenta los respectivos intereses de las partes, los de la organización que utiliza sus servicios profesionales, así como los del público al que está llamado a servir.
4. El relacionista público debe ser fiel custodio de los intereses de su organización, respetar sus compromisos, los cuales serán siempre formulados en términos que no se presten a ninguna confusión, y a obrar leal y honradamente en toda ocasión, a fin de mantener la confianza de sus clientes o empleados, presentes o pasados, y del conjunto de los públicos relacionados con sus acciones.
5. El relacionista público debe prestar sus servicios profesionales con honestidad, con profundo sentido ético y respeto a la dignidad y derechos de los demás.
6. El relacionista público, en sus relaciones profesionales deberá observar las siguientes normas:
a. Cumplir, respetar y salvaguardar la dignidad de la persona humana y a reconocer a cada individuo el derecho de formar su propio juicio
b. Observar y defender el secreto profesional sobre los hechos y acciones puestas en su conocimiento por sus clientes.
c. Sostener con entereza la búsqueda permanente de la verdad y la justicia.
d. Dar a conocer y cumplir la esencia integradora de las relaciones públicas.
7. Constituyen actos contra el buen ejercicio de la profesión:
a. Ejecutar actos reñidos con la moral y las buenas costumbres.
b. Alienar las conciencias y manipular la opinión pública.
c. Permitir que sus servicios profesionales faciliten el ejercicio ilegal de las relaciones públicas y comprometan el decoro y dignidad de la profesión.
d. Ejercer acciones de proselitismo religioso o político, dentro de la institución.
e. Atribuirse ideas o acciones ajenas, competir deslealmente, ofrecer en el desempeño de actividades profesionales argumentaciones falsas o atentatorias contra la moral y el bien común.
COMPROMISO SOCIAL
8. En su ejercicio profesional, el relacionista público debe considerar el bienestar del hombre como fin supremo de la sociedad, respetando los principios y las reglas morales de la «Declaración Universal de los Derechos del Hombre».
9. Respetar y salvaguardar la dignidad de la persona humana y a reconocer a cada individuo el derecho de formar, por sí mismo, su propio juicio.
10. Crear las condiciones morales, psicológicas e intelectuales del verdadero diálogo, a reconocer el derecho que asiste a las partes de exponer su caso y expresar su punto de vista.
11. El relacionista público deberá propiciar la integración de los diferentes públicos con su empresa.
12. El relacionista consciente de la importancia de sus funciones, procurará, permanentemente, integrar criterios y acciones de comprensión, solidaridad y colaboración de los miembros de la institución a la que sirve y de los grupos sociales ligados a esta para tratar de contribuir, a cabalidad, el bien común.
13. Las acciones integradoras del relacionista público deben orientarse a la consecución de una equilibrada y justa armonización de los intereses de la institución, de sus públicos y de la comunidad social en la que se desenvuelve.
14. Mantener un comportamiento honesto y transparente en su vida privada, porque sus actos pueden repercutir en los juicios que los públicos efectúen de su profesión.
15. Practicar permanentemente la solidaridad con sus colegas, respetándolos, haciendo prevalecer su honor y prestigio y amparándolos en caso de que sufran persecución política en razón a su actividad profesional o gremial.
RESPONSABLE DE RELACIONES PUBLICAS
El responsable de relaciones públicas ayudará a su cliente a ajustarse a adaptarse al público informándolo a través de profundos estudios de investigación de mercado y la aplicación de técnicas y políticas de relaciones públicas de lo que éstos esperan obtener o conseguir de esta opinión pública, según el caso, y desarrollándolo en función de una estrategia planificada y operativa.
Se encargan de todos los asuntos que afectan a su cliente con el público, así como los posibles contactos con el mismo, siendo ésta una de sus más importantes responsabilidades.
Atributos:
Debe de ser amable, servicial, debe mostrar disponibilidad y sobre todo procurar ser intérpretes culturales. Deben comprender la cultura empresarial y general, tanto de sus clientes como del país en el que éstos desean realizar actividades comerciales. Ya sea como asesor interno o externo, la primera tarea del responsable es advertir a la empresa que se dispone a operar.
Necesitan un buen sentido de orientación en el entorno de trabajo, deben de saber hacer las preguntar correctas, concretas y a quién hacérselas. Necesitan saber cuáles son los riesgos para cometer los menores errores posibles.
Otros atributos serían:
Capacidad de organización (deberá hacerse cargo de gran número de proyectos a la vez).
Mente despierta, curiosa y carácter inquisitivo
Integridad personal.
Fuerte personalidad y capacidad de liderazgo (será la voz de la organización ante terceros).
Pensamiento estratégico (las RP deben ser una función estratégica, antes de ser operativa).
Imperturbabilidad (será necesario dar la cara por la empresa ante la opinión pública en situaciones críticas).
Tener la capacidad persuasiva (es vendedor de ideas)
Olfato periodístico (identificar las noticias que se generan dentro de la empresa)
Pensamiento estructurado (manejará grandes cantidades de información que debe saber jerarquizar)
Creatividad (Todo programa de RP debe contar con este elemento).
Además de las características que debería tener la persona encargada de las funciones de relaciones públicas mencionadas, cabe señalar que una de las principales es la habilidad comunicativa que debe distinguir a dichos profesionales. La imagen del representante de la empresa está íntimamente relacionada con la imagen de la empresa o institución, además de que la credibilidad que brinde la persona se construye a partir de la congruencia entre lo que se dice, se transmite y hace.
Debe de tener las siguientes cualidades:
1. Vocación, lealtad y compromiso con su país, su cultura, organización, empresa o institución para la cual trabaja.
2. Elevado sentido de la ética, la honestidad y la perseverancia.
3. Coherencia con la palabra y la acción.
4. Flexibilidad de pensamiento.
5. Sentido común.
6. Tener un conocimiento lo más abarcador posible de los medios y ramas que interactúan en el proceso de comunicación.
7. Respeto por los que le rodean y por sí mismo.
8. Capacidad creadora, sentido de la organización y la planificación.
9. Trabajar en equipo.
10. Conocer a fondo la empresa o institución para la cual trabaja.
11. Abierto al diálogo, a la discrepancia, a las nuevas ideas, aun cuando no sean propias. Actitud para el cambio.
12. Interés por su autopreparación y capacitación permanentes.
13. Generar confianza en los que le rodean.
14. Disposición para asumir los riesgos y retos de la profesión.
15. Conocimiento sobre el uso y utilidad de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.
16. Elevada autoestima personal y profesional.
17. Ser buen redactor.
18. Dominio del idioma natural y otro internacional tanto en la expresión oral como escrita.
19. Poder expresarse con fluidez en diversos idiomas.
20. Conocer métodos y técnicas de investigación.
21. Estar dotado de cierto carisma.
22. Ser un excelente orador o tener la capacidad de expresar las ideas con claridad.
Muestra su profesionalismo de la siguiente manera:
• Consolidación y proyección de la imagen de la organización
• Generar opinión publica
• Comunicación de doble vía con los sectores involucrados
• Publicidad institucional de la empresa
• Afianzamiento del factor humano
• Servir de apoyo al área de comercialización
• Realización de campanas destinadas a promover y hacer conocer aspectos determinados de la empresa
• Difusión a nivel de prensa
• Ceremonial y protocolo.
• Atraer buen personal y reducir el riesgo de los trabajadores.
• Prevenir conflictos y malas interpretaciones.
• Fomento del respeto mutuo y la responsabilidad social.
También aplica su profesionalismo en las siguientes áreas:
1. Dirección estratégica: el departamento, diseña la estrategia y comunicación de la empresa, define los objetivos del departamento y el presupuesto.
2. Investigación: Análisis del entorno, segmentar y evaluar a los públicos con respecto a la organización.
3. Negociación: Negociar con públicos activistas o resolver conflictos con algunos públicos.
4. Persuasión: Conseguir que los públicos apoyen a la organización.
Cumplimiento de la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de 1977 (Foreign Corrupt Practices Act of 1977 o FCPA por sus siglas en inglés)
CARRALSIERRA acepta y reconoce que sus clientes (y sus afiliadas y subsidiarias) pueden estar sujetos a las disposiciones de la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de 1977 (Foreign Corrupt Practices Act of 1977 o FCPA por sus siglas en inglés). Por lo tanto, CARRALSIERRA acuerda adherirse a los estándares de conducta requeridos por dicha Ley. Asimismo, bajo ningún concepto o escenario CARRALSIERRA puede entregar u ofrecer entregar o autorizar la entrega de valores a funcionarios de gobierno, partidos políticos o funcionarios de estos, o a candidatos a puestos políticos, o cualquier otra persona, contraria a las prohibiciones establecidas en los Artículos 78dd-1 (a) o 78dd-2(a) (Pago Inadecuado) de dicha Ley. Asimismo, CARRALSIERRA acuerda llevar los libros y registros exigidos por dicha Ley en forma precisa y completa.
En caso de que CARRALSIERRA realizara un Pago Inadecuado, sus clientes tendrán derecho a rescindirle el Contrato, y a terminar su relación con CARRALSIERRA sin responsabilidad alguna y a recuperar el monto o valor del Pago Inadecuado, así como a exigir la indemnización de cualquier multa o gasto relacionado con o derivado de dicho Pago Inadecuado.
CARRALSIERRA se obliga a cumplir con todas las leyes pertinentes en materia de anti-corrupción, incluidas todas las leyes de las jurisdicciones en donde se presten los servicios detallados por Contrato, y acuerda ser responsable de asegurar el cumplimiento de dichas leyes por parte de sus empleados, subcontratistas, o agentes relacionados con los servicios descritos por Contrato. CARRALSIERRA acuerda que deberá proteger a sus clientes e indemnizar cualesquier gastos, honorarios, pagos de intereses, multas u otras sanciones en relación con la investigación o defensa en cualquier litigio u procedimiento legal judicial o administrativo iniciado contra un cliente que surja de actos u omisiones por parte de CARRALSIERRA o cualquiera de sus subcontratistas o agentes.
Conflictos de Interés
CARRALSIERRA deberá verificar que ninguno de sus empleados, subcontratistas autorizados, contratistas independientes y/o consultores (colectivamente «Consultores») tenga conflicto de interés existente con un cliente o entre sus clientes de modo que le impida a CARRALSIERRA la provisión de Servicios a un cliente sin violar sus obligaciones de confidencialidad. CARRALSIERRA tomará las medidas razonables para garantizar que ningún consultor desarrolle conflicto de intereses durante el curso de la prestación de Servicios a un cliente.
Este código se revisó por última vez en noviembre de 2020 y se publica para conocimiento general en la intranet corporativa y en el sitio web www.carralsierra.com.
POLÍTICAS SOBRE CONFLICTO DE INTERESES
OBJETIVO:
Es objetivo de esta política el recordar a los directores, funcionarios y personal profesional que cada uno de ellos tiene una responsabilidad de lealtad indivisible hacia Carral, Sierra y Asociados, S.C. (la “Compañía”)
ALCANCE:
Todos los directores, funcionarios y personal profesional de las empresas de Carral, Sierra y Asociados.
POLÍTICA:
De acuerdo a la política establecida, cada director, funcionario o empleado profesional de Carral, Sierra y Asociados, S.C., divisiones y subsidiarias, tiene un deber de lealtad hacia la Compañía. Consecuentemente, si el personal tiene en un momento que elegir entre los intereses de la Compañía y los intereses económicos u obligaciones personales de otros, debe actuar en el interés de la Compañía.
Aun cuando no es posible describir todas las situaciones potenciales o de actual conflicto dentro de los principios generales, las siguientes categorías se incluyen como una guía:
- Recibo de compensaciones, regalos, atenciones, descuentos, servicios, préstamos o cualquier cosa de valor de proveedores, clientes u otras personas con las cuales la Compañía y sus subsidiarias hacen negocio, o algún competidor de la Compañía y sus subsidiarias. Aun cuando no queda prohibido el recibo de obsequios menores, atenciones, descuentos, o servicios, e recibir alguno de estos de una firma o persona debe ser informado a la Compañía en caso de que el valor anual exceda a un salario mínimo mensual.
- Tener acciones u otros intereses financieros en una empresa descrita en el punto 1 anterior. Esto normalmente no es aplicable en el caso de inversiones en valores negociados en la bolsa, a menos que el juicio del inversionista en las operaciones que involucren a Carral, Sierra y Asociados, S.C., pueda verse afectado por razones del volumen o monto de las acciones en cuestión, la cantidad de negocio hecho con la compañía y subsidiarias, y otros factores. Como regla general, un 5% de intereses o inversión por persona o miembro de su familia o individuos o compañías asociadas a él, no representan ningún problema.
- Actuar como director, funcionario, consultor, agente, empleado, o en alguna otra posición para una persona o empresa descrita en el punto 1.
- La existencia de intereses en una operación que involucre a la Compañía o sus subsidiarias en donde el efecto del interés sea o pueda ser de tal manera importante que afecte la representación objetiva e imparcial de la Compañía.
- La revelación o algún otro mal uso de información confidencial relativo a la Compañía y sus subsidiarias.
- Aprovechamiento para beneficio personal de una oportunidad de negocio en la cual la Compañía o una subsidiaria pueda tener expectativas razonables de tener interés, sin antes dar la oportunidad de tenerla a la Compañía o sus subsidiarias.
Por ejemplo, una persona puede enterarse de una empresa que está a la venta y por la cual la Compañía o alguna subsidiaria puede estar interesada. La persona que no manifieste este hecho a la Compañía y adquiera la propiedad puede ser responsable legalmente por las utilidades que dejó de realizar la Compañía.
- Negociar con acciones de la Compañía o sus subsidiarias para obtener rápidas utilidades con fines especulativos. La Compañía estimula a sus directores, funcionarios y empleados a invertir en acciones de ella como parte de un plan de inversión a largo plazo, con el objeto de incrementar su interés en el éxito de la Compañía. Sin embargo, la Compañía considera que la compra-venta a corto plazo de valores de ella debe desestimularse, ya que se crearían presiones inconsistentes con el ejercicio de un juicio imparcial sobre la Compañía. Adicionalmente, bajo la sección 16 de las Securities Exchange Act de 1934, todos los directores y funcionarios de Carral, Sierra y Asociados, S.C., deben informar a la S.E.C., sobre las acciones que poseen de la Compañía, así como las operaciones con ellas (incluyendo compras, obsequios y ventas), deben reportar a la Compañía las utilidades obtenidas en compras y ventas, así como sobre las ventas y compras hechas en los últimos seis meses.
- Intereses, relaciones o actividades descritas anteriormente por (a) miembros de la familia, o (b) cualquier fondo o institución en la cual ya sea el empleado o miembros de su familia tengan un interés considerable, o (c) sociedad, corporación u otra firma en la cual ya sea el empleado o un miembro de su familia tengan intereses de importancia.
No es el objetivo de la Compañía el limitar la libertad de su personal a comprometerse en actividades externas que no interfieran con el desempeño de sus funciones. Es motivo de preocupación únicamente en los casos en que existe un posible conflicto de interés. Cuando surge un conflicto real o potencial, la persona debe manifestarlo rápidamente y completamente a sus superiores con todos los hechos y detalles cuestionables así como los que obviamente sean objetables. En muchos casos, la única consecuencia será la descalificación de la persona o participar en una operación particular, o simplemente a la conclusión de que lo que aparece cuestionable para un empleado no es de importancia. En otros casos, tal vez sea aconsejable para el empleado deshacerse de ese interés externo.
POLÍTICAS SOBRE ÉTICA PROFESIONAL
OBJETIVO:
Esta política ha sido escrita para reafirmar la posición adoptada por Carral, Sierra y Asociados, S.C. (la “Compañía”), desde su fundación en el sentido de llevar a cabo transacciones comerciales bajo el más alto nivel de ética profesional. Mediante el apego estricto a esta política. Carral, Sierra y Asociados y las compañías asociadas con ella han logrado, a través de los años, tener una reputación de compañías honestas en términos de negocios. Este es un activo valioso que debe ser preservado.
ALCANCE:
Todos los directores, funcionarios y personal profesional de las empresas de Carral, Sierra y Asociados.
POLÍTICA:
Cada director, funcionario o empleado profesional al representar la compañía, y en todos los actos que lleve a cabo por cuenta de la compañía, deberá actuar de acuerdo al más alto grado de ética profesional y dentro del marco legal.
PROCEDIMIENTO E IMPLEMENTACIÓN:
Sin limitar el alcance de este precepto general, cada director, funcionario o empleado profesional deberá actuar de manera tal que asegure que:
- Todos los contratos y acuerdos en los cuales participen la compañía y sus subsidiarias, se lleven a cabo de acuerdo a la letra sí como al espíritu de los términos y condiciones en ellos especificados.
- Todos los servicios se entreguen de acuerdo a lo pactado, que las deficiencias u omisiones, de existir, se corrijan rápidamente hasta lograr la mutua satisfacción de las partes involucradas.
- Cualquier conflicto real o potencial de intereses es notificado total o rápidamente a los superiores (ver política sobre “Conflicto de Intereses”).
- La Compañía y sus subsidiarias no conspiran para el establecimiento de precios, restringir el comercio, o de alguna forma violar las leyes antimonopolios.
- La Compañía o sus subsidiarias no llevan a cabo pagos disfrazados, cuestionables o dudosos, o preparan registros por informes financieros que reflejen o incluyan información falsa o tendenciosa.
- No llevan a cabo directa o indirectamente contribuciones de fondos o activos para campañas políticas a ningún nivel, ya sea en los Estados Unidos o en otros países a menos que sean contribuciones legales y aprobadas anticipadamente por el Consejo de Administración de Carral, Sierra y Asociados (Esta regla está dirigida únicamente al uso de fondos corporativos y no tiene por intención el desestimular a los empleados a hacer contribuciones personales a candidatos o partidos políticos a su elección).
NOTA: Es posible utilizar fondos de la corporación para actividades legales, legislativas o en asuntos que sean de interés para Carral, Sierra y Asociados, S.C. incluyendo la expresión del punto de vista de Carral, Sierra y Asociados, S.C. en foros legislativos por medio de empleados o asociaciones, contribuciones legales a comités u organizaciones en apoyo o en oposición a asuntos públicos, pero en cada caso es necesaria la aprobación previa del Presidente del Consejo de Administración de Carral, Sierra y Asociados, S.C.
Estas políticas se revisaron por última vez en noviembre de 2020 y se publica para conocimiento general en la intranet corporativa y en el sitio web www.carralsierra.com.